Micelio
Auto25 de julio de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Galeano Leon Jose David·Demandado Ministerio De Trabajo

Tema · dato duro
Demanda Promovida Contra Decisión Adoptada Por El Ministerio Del Trabajo, Respecto De La Autorización En La Terminación De Contratos Laborales De Personas Con Fuero De Salud Y Fuero Sindical.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá Sección Segunda y el Juzgado 38 Laboral del Circuito de Bogotá.

La controversia que se presenta entre los Despachos, surge por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por un ciudadano, en contra de una resolución proferida por el Ministerio del Trabajo, por medio de la cual se autorizó la finalización del contrato de trabajo de varios empleados de la sociedad Transmasivo S.A. con fuero ocupacional, incluido él por lo que pretende que se declare la nulidad de dicho acto, que la finalización de su vínculo laboral fue ineficaz y que se condene al Ministerio del Trabajo a indemnizar los salarios y prestaciones sociales dejados de percibir.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, para resolver el conflicto da aplicación a la regla de decisión del Auto 159 de 2024, según la cual, las autorizaciones que otorguen los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, sobre la terminación de contratos laborales de trabajadores privados que estén en condición de discapacidad, constituyen una presunción de despido justo.

En consecuencia, las controversias que susciten estas decisiones son de competencia del juez ordinario laboral, sin importar si el trabajador está amparado por la garantía de fuero sindical.

Asignada la competencia a dicha jurisdicción, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 38 Laboral del Circuito de Bogotá para que comunique la presente decisión al Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá Sección Segunda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá Sección Segunda y el Juzgado 38 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso que aquí se estudió, le corresponde al Juzgado 38 Laboral del Circuito de Bogotá.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5327 al Juzgado 38 Laboral del Circuito de Bogotá para que comunique la presente decisión al Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá Sección Segunda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.